La Asamblea Nacional aprobó modificaciones significativas a la Ley de Tránsito que tienen como objetivo regular el uso de vehículos de movilidad ligera en las vías del país. Según la reforma, los scooters y motos eléctricas quedan prohibidas de circular en autopistas, una medida dirigida a mejorar la seguridad vial en estas vías de mayor velocidad.
Los conductores que utilizan motos para servicios de entrega de alimentos y productos deberán cumplir con requisitos específicos establecidos por la nueva normativa. Quienes incumplan estas disposiciones enfrentarán sanciones económicas que alcanzan el 30% del salario básico unificado, incentivando así el cumplimiento de las regulaciones.
La reforma también incluye medidas de fiscalización y seguimiento a nivel municipal. Se dispuso realizar una auditoría en los próximos 180 días para evaluar cómo los gobiernos locales están ejerciendo sus competencias en materia de tránsito, buscando fortalecer la aplicación de estas normas en todo el territorio nacional.
Las modificaciones representan un cambio importante en la regulación de la movilidad urbana y el transporte de carga rápida, sectores que han crecido considerablemente con el auge del comercio digital en Ecuador.
